COMENTARIO

Del estado de alarma al estado de espanto

Dr. Miguel Álvarez Deza

Conflictos de interés

15 de abril de 2021

De acuerdo con el anuncio efectuado por el presidente del país, el 9 de mayo terminaría el segundo estado de alarma para España, que entró en vigor el 25 de octubre, y que habrá durado casi el doble de lo que abarcó el primero, del 14 de marzo al 20 de junio, y lo hará con el mismo problema que entonces, sin una legislación actualizada que sirva de plan alternativo al marco jurídico que ampara la alarma.[1]

Se abre un nuevo escenario en el que las comunidades autónomas no podrán adoptar decisiones que afecten derechos fundamentales, como la limitación del número de personas en las reuniones (derecho a la reunión) o los cierres perimetrales (derecho a la movilidad). En la misma tesitura se encontrarán las limitaciones de aforo y horario en el comercio, la restauración, los recintos culturales, deportivos, etcétera.

El primer efecto del cese del estado de alarma podría ser la disparidad de criterios entre comunidades al momento de establecer las restricciones en función de las interpretaciones de los datos epidemiológicos. Una diferencia que ya existe entre Madrid, en el rango mínimo de restricciones y sin perímetro, y otros territorios, pero que podría acentuarse. 

No podemos acudir al juzgado cada vez que se quieran aprobar las normas. Habría sido mucho más sencillo redactar una ley estatal y así estaríamos todos más tranquilos. Hay varias opiniones sobre los caminos a tomar.

Una vía podría ser, según algunos juristas, modificar la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Salud Pública de 1986, una breve ley de solo cuatro artículos que establece la potestad de los responsables en materia sanitaria para adoptar las medidas que consideren necesarias, sin concretar ahora ninguna de ellas.[2] Lo que ocurre es que los magistrados ven en esta ley el origen de la discrepancia, pues la consideran caduca y obsoleta, ya que esta norma se pensó para enfermos concretos y no para una pandemia.

Otra vía sería retomar una ley de hace 10 años, la Ley General de Salud Pública de 2011, que adecuadamente desarrollada tiene enorme potencial para mejorar el bienestar y la calidad de vida de los españoles, nuestro ambiente físico y cultural, y la economía real. La ley puede ayudar a mejorar el gobierno sanitario (municipal, autonómico y central) y a subsanar buena parte de la actual fragmentación de las políticas de salud y bienestar.[3]

El gobierno explicó que una vez que decaiga el estado de alarma, las medidas que se tengan que adoptar para combatir la pandemia se efectuarán en el seno del Consejo Interterritorial, y si en determinado momento hace falta el estado de alarma, el gobierno lo volvería a proponer.

Por otra parte, el Consejo de Estado ha recriminado al gobierno la falta de una legislación estatal adecuada para afrontar la pandemia "que proporcione a las autoridades sanitarias competentes el mejor marco jurídico posible para afrontar las situaciones presentes y futuras de riesgo grave para la salud pública". Ya que la crisis sanitaria ha demostrado "que la regulación de los mecanismos extraordinarios previstos en la legislación sanitaria para tutelar la salud pública en este tipo de situaciones presenta carencias por la falta de concreción de cuatro aspectos: las medidas susceptibles de ser adoptadas en estos casos, los requisitos exigibles para su adopción, el régimen sancionador aplicable, y los términos y alcance de la garantía judicial". Más claro, imposible.

Si ahora, con 17 normas diferentes para controlar la pandemia que no entienden ni las propias autoridades que las emiten, no estamos bien, a partir del 9 de mayo pasaremos del estado de alarma al estado de espanto.

Vamos a pagar las consecuencias de un año en el que los legisladores no han hecho su trabajo y no han avanzado en detallar las medidas que se pueden adoptar. Tiempo tuvieron, ganas parece que no.

"Incluso en estos tiempos, de aprender a vivir sin esperarte, todos los días tengo recaídas. Y aunque quiera olvidar no se me olvida, que no puedo olvidarte". (Incluso en estos tiempos, J. Sabina).

El Dr. Miguel Álvarez Deza es médico especialista en medicina preventiva y salud pública.

Este contenido fue originalmente publicado en Univadis, parte de la Red Profesional de Medscape.

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