España prepara ley de eutanasia que nacerá prematura y con déficit en cuidados paliativos

Dr. Javier Cotelo

13 de marzo de 2020

MADRID, ESP. El Congreso de los Diputados en España aprobará el proyecto de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia en los próximos meses. La ley garantizará la objeción de conciencia de los médicos, pero diversas organizaciones profesionales consideran un error que no se incluya en una norma de atención integral que contemple los cuidados paliativos.[1]

El proyecto ya había sido presentado en dos ocasiones en menos de dos años y su tramitación quedó estancada debido a la inminente convocatoria de nuevas elecciones, primero en abril de 2019 y después en noviembre del mismo año. En esta ocasión todo parece indicar que al fin prosperará, ya que cuenta con los apoyos suficientes, y España será el sexto país que cuente con esta ley.

El Partido Socialista Obrero Español (PSOE), que presentó la propuesta, gobierna en España en coalición con Unidas Podemos, y tiene gran empeño y prisa por sacar adelante esta ley, que será una de las primeras de su legislatura. El trámite solo ha iniciado, y hasta que vea la luz pueden trascurrir varios meses, aunque el debate está servido entre los profesionales sanitarios, los medios, y la sociedad.

Recientemente el titular del Ministro de Sanidad, Salvador Illa, declaró que el debate sobre la eutanasia "es absolutamente necesario y oportuno", y confía en que esta ocasión sea la definitiva, que lleve a la aprobación de una ley de eutanasia que dé respuesta a las necesidades y demandas de la sociedad.

El comité de bioética se pronunciará por propia iniciativa

Por su parte, el Comité de Bioética de España se pronunciará por primera vez desde su creación y por propia iniciativa sobre la eutanasia, sin que el gobierno se lo haya reclamado, señala un documento del 4 de marzo en su web.[1] El informe podría estar listo en dos meses, antes de que termine la tramitación de la ley. Abordará las principales cuestiones bioéticas del debate acerca del final de la vida, para contribuir a enriquecer el debate planteado de forma intensa en la sociedad.

Muchos enfermos mueren mal, con un sufrimiento evitable

Dr. Rogelio Altisent

El Dr. Rogelio Altisent, profesor de bioética de la Universidad de Zaragoza, declaró a Medscape en español: "Lo más preocupante es el mensaje social. Estamos en un país donde hay un serio déficit de medicina paliativa —pobre presencia en la universidad, con facultades de medicina orientadas hacia el éxito de salvar vidas, como si la muerte fuera un fracaso; ausencia de titulación para los expertos en cuidados paliativos; escasez de unidades hospitalarias; insuficiencia de unidades domiciliarias, masificación de la atención primaria; ayudas a la dependencia que llegan tarde al enfermo en fase terminal, etcétera—. El resultado es que muchos enfermos mueren mal, con un sufrimiento evitable (estimación de 75.000 pacientes al año). Y en este escenario el gobierno tiene la necesidad de legislar el derecho a la eutanasia aplicable en el plazo máximo de un mes".

Garantizar la objeción de conciencia

Por otro lado, el Dr. Serafín Romero, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, señaló: "El posicionamiento de la institución ante la eutanasia sigue siendo el mismo que se aprobó en la Declaración de Melilla en 2018, posición que se rige por nuestro Código de Deontología Médica, y que coincide con la declaración de la Asociación Médica Mundial".[2,3] Asimismo, destacó que otras demandas de la organización consisten en garantizar la objeción de conciencia de los médicos en esta ley, como se hizo con la ley del aborto, definir la capacitación técnica de los médicos en este espacio, y la equidad en todas las comunidades autónomas.

El Dr. Altisent dijo que hay un segmento de la población que ante la falta de ayuda en el sufrimiento de una enfermedad incurable verá en la eutanasia un alivio. Será una respuesta lógica, sobre todo entre los más desfavorecidos socialmente. "Los pacientes con buena posición económica tendrán otras alternativas. Por esta razón me parece que la eutanasia se aplicará con mayor frecuencia a los pobres.

Esperemos a ver las estadísticas. Curiosamente, este ha sido el argumento del Partido Comunista de Portugal para votar en contra de esta ley".

Cuidados paliativos, un derecho, pero no una realidad

A su vez, la Sociedad Española de Cuidados Paliativos apuntó que el libre derecho a decidir no existirá nunca ni se dignificará el proceso de morir mientras las personas que sufren al final de la vida no tengan sobre la mesa todas las opciones posibles, siendo los cuidados paliativos un derecho para todos los ciudadanos que los necesitan, pero no es una realidad en nuestro país.[4] Destacó que en nuestro entorno muy pocos países cuentan con leyes como la que se debatirá en el Parlamento, pero en casi la totalidad de países europeos existe legislación que pretende garantizar cuidados paliativos de calidad.

Dr. Javier Rocafort

El Dr. Javier Rocafort, director del Hospital de Cuidados Laguna, de Madrid, manifestó a Medscape en español: "Es difícil conocer la situación de nuestro país en cuanto a cuidados paliativos en el contexto europeo. Es cierto que los estudios comparativos internacionales sitúan a los cuidados paliativos en España en una posición muy inferior a la que se espera de nuestro excelente sistema sanitario". 

"El Atlas publicado por la Asociación Europea de Cuidados Paliativos en 2019 colocaba a España en el puesto 31 entre 51 países en el continente. En todo caso, el problema para medir servicios en España radica en que al no estar bien regulada la prestación ni siquiera estamos en condiciones de saber a qué se le puede considerar como equipo o unidad de cuidados paliativos".

Solo un equipo por cada 100.000 habitantes

"Pienso que lo más preocupante no es cómo estamos en relación a otros países de Europa, sino en relación a lo que se consideran estándares adecuados. Por poner un ejemplo, mientras se recomienda que existan dos equipos de cuidados paliativos por cada 100.000 habitantes, en España, en el mejor de los casos, contamos solo con un equipo", añadió el experto.

La proposición de ley consta de cinco capítulos, el primero de los cuales delimita su objetivo: regular el derecho de las personas de solicitar y recibir ayuda para morir cuando concurran las circunstancias reflejadas. A su vez, determina los deberes del personal sanitario que atienda a estas personas, definiendo su marco de actuación. También establece algunas definiciones importantes, como consentimiento informado, discapacidad grave crónica, enfermedad grave e incurable, médico consultor, y objeción de conciencia, entre otras, términos que aparecen repetidamente en el texto.

Requisitos para la prestación de ayuda para morir

El segundo capítulo establece los requisitos para que las personas puedan solicitar la prestación de ayuda para morir, y las condiciones adecuadas. Es necesario ser mayor de edad y estar en plena capacidad de obrar y decidir, siempre que se haga de forma autónoma, consciente, y que disponga de información sobre su proceso, incluyendo alternativas y posibilidades, entre ellas el acceso a cuidados paliativos, y que se encuentre en los supuestos de enfermedad grave e incurable o de discapacidad grave crónica que causen sufrimiento físico o psíquico intolerables, con un pronóstico de vida limitado. También se contempla el rechazo de la ayuda, en caso de que el médico responsable deniegue motivadamente la solicitud, en cuyo caso cabe la reclamación por el paciente o sus familiares ante la Comisión de Control y Evaluación.

El capítulo tercero señala los deberes y obligaciones de los facultativos que presten o denieguen la ayuda para morir. Se refleja que el médico responsable de la prestación debe deliberar con el solicitante sobre el diagnóstico, las posibilidades terapéuticas y posibles cuidados paliativos, asegurándose de que comprende toda la información facilitada. El facultativo debe comprobar que la solicitud es voluntaria y sin coacciones externas, y que presenta una enfermedad grave e incurable o que tiene una discapacidad grave crónica. También impone la consulta a otro facultativo que no forme parte del equipo médico y sea competente en la patología del afectado. Además debe asegurarse que han transcurrido al menos 15 días entre la última solicitud firmada y el día de su realización.

Derecho del médico a objetar y registro

Otro tema que aborda este capítulo, fundamental para el médico, es el derecho a la objeción de conciencia, que será una decisión individual de forma anticipada y por escrito. Compete a cada comunidad autónoma la creación de un registro de profesionales sanitarios objetores de realizar la ayuda para morir, cuyo fin es garantizar la adecuada prestación de este servicio. Una vez llevada a cabo, el médico responsable deberá remitir en los siguientes 5 días hábiles dos documentos a la Comisión de Control con información concreta del asistido.

En caso de que el médico deniegue dicha prestación, haya o no reclamación de por medio del paciente o sus familiares, dichos documentos se deberán enviar en un plazo de 15 días a la comisión, reflejando en el segundo de ellos los datos clínicos relevantes para la evaluación y el motivo de la denegación, para el correspondiente estudio y emisión del dictamen definitivo que será comunicado al facultativo.

El cuarto capítulo establece los elementos que permiten garantizar a toda la ciudadanía el acceso en condiciones de igualdad a la prestación de ayuda para morir, incluyéndola en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y garantizando así su financiación pública, pero también su prestación en centros privados, o incluso en el domicilio de la persona solicitante. El quinto capítulo regula el funcionamiento de las Comisiones de Control y Evaluación que deberán crearse en todas las Comunidades Autónomas.

Despenalización de las conductas eutanásicas

En sus disposiciones finales se procede a modificar el Código Penal con el objeto de despenalizar todas aquellas conductas eutanásicas en los supuestos y condiciones establecidos por la presente ley.

Sobre la amplia experiencia en Holanda, tras 18 años con una ley similar, el Dr. Altisent señaló: "Me parece que en la sociedad holandesa se ha experimentado un proceso de aceptación y normalización de la eutanasia y el suicidio. Es una cuestión de valores. Hace poco conocí el caso de un paciente alcohólico con varias recaídas, abandonado por su familia, que vio en el suicidio asistido la liberación de su sufrimiento. Y se le aceptó. Es una cuestión del modelo de sociedad que queramos construir. Por cada caso de ejercicio de autonomía auténticamente libre hay miles de casos de consentimiento contaminado por la falta de una asistencia de calidad".

Exigir la implantación global de la medicina paliativa

En cuanto a las necesidades más urgentes, el Dr. Rocafort indicó: Creo que hay que poner a la medicina paliativa de nuevo en la agenda sanitaria, con la finalidad de rescatar el modelo de atención que todas las comunidades autónomas acordaron por unanimidad en 2007 en el seno de la Estrategia en Cuidados Paliativos en el Servicio Nacional de Salud, y garantizar la prestación de cuidados paliativos con dicho modelo para todos los españoles. "Los cuidados paliativos constituyen una disciplina sanitaria muy eficiente. Las grandes comunidades científicas y autoridades sanitarias internacionales exigen su implantación global. Las autoridades de todos los países deben ser facilitadoras para que lleguen a todos los ciudadanos en igualdad de condiciones, tanto adultos como niños".

Las necesidades reales las marcan los pacientes y sus familiares, y muchas de estas necesidades requieren una adaptación de la normativa. Por ello se hace necesaria la promulgación de una Ley de Cuidados Paliativos que recabe e incluya nuevos derechos, como permisos laborales para cuidar de los familiares de primer grado en proceso de morir, o acceso simplificado a las ayudas para la dependencia.

También es urgente que nuestro sistema sanitario reconozca la profesión de médico y enfermera paliativistas como áreas de capacitación específica y como categoría profesional, y que se regule el acceso a los puestos de trabajo específico en otras profesiones, como psicólogos, trabajadores sociales, fisioterapeutas o terapeutas ocupacionales, entre otros. Finalmente, habría que asegurar la formación adecuada en cuidados paliativos para todos los estudiantes de profesiones sanitarias. "No olvidemos que el modo en el que un país cuida y protege a sus ciudadanos más frágiles es uno de los mejores indicadores de su desarrollo", concluyó el especialista.

Dra. Yolanda Zuriarraín

Por su parte la Dra. Yolanda Zuriarraín, médica del Hospital de Cuidados Laguna, de Madrid, indicó a Medscape en español: "Pienso que en un país en el cada año fallecen más de 125.000 personas necesitando cuidados paliativos específicos, y que apenas los reciben 50%, realmente es necesaria una buena provisión de cuidados paliativos en todo el territorio nacional".

Déficit alarmante de paliativos en los niños

"Me preocupa la inequidad de la provisión de recursos paliativos en nuestro país, me preocupa que solo 10% de los niños que precisan cuidados paliativos lo reciban, eso quiere decir que de 7.000 niños que necesitan cuidados paliativos, solo 700 los reciben. Son indispensables y urgentes mayor y mejor provisión y distribución de recursos para garantizar que todo el que sufre reciba la atención que demanda", añadió la experta.

La Dra. Zuriarraín afirmó que la medicina del siglo XXI está capacitada y puede proporcionar a la sociedad soluciones integrales para situaciones complejas, añadiendo que los pacientes necesitan confiar en que sus médicos pondrán toda su ciencia y su humanidad al servicio del que sufre, buscando las soluciones éticas y profesionalmente más eficientes.

Los 5 jinetes de la eutanasia 

En el año 2002 Holanda fue pionera a nivel mundial en legalizar la eutanasia, poco después, en el mismo año, le siguió Bélgica, que en 2016 amplió la ley, siendo el primer país que permite aplicarla sin límite de edad. En 2009 la aprobó Luxemburgo.

Fuera de Europa otros dos países la aplican: Bolivia desde 2015, y Canadá desde 2016.

En Oceanía, Nueva Zelanda tiene previsto celebrar un referéndum sobre una ley en 2021.

En Asia no son legales la eutanasia ni el suicidio asistido; solo Japón, y más recientemente India, tienen leyes de muerte digna que también existen en muchos otros países del mundo.

Actualmente los parlamentos de España y Portugal tramitan una ley de eutanasia.

El suicidio asistido, diferente a la eutanasia, donde no es el médico quien ejecuta el procedimiento, está legalizado en Suiza y en algunos estados de Estados Unidos.

Los doctores Altisent, Rocafort y Zuriarraín han declarado no tener ningún conflicto de interés económico pertinente.

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